Red de Alerta y Denuncias

Conoce la inspección de Consumo y la Red de Alerta de Productos de Consumo



Ayuda de acceso a la gestión de Alertas


Cómo suscribirse a este servicio

Comunicar los siguientes datos a la Dirección General de Consumo:

  • Acceso de los Servicios de Consumo de las Delegaciones Provinciales.
    • Nombre, apellidos y NIF de la persona o personas que accederán con su certificado digital a la nueva aplicación.
    • Dirección de correo electrónico para la recepción de los avisos sobre alertas. En el caso de que accedan más de una persona a esta aplicación se debería de habilitar una cuenta de correo común que sea recibida para ellas.
  • Acceso por parte de un Ayuntamiento.

    Será previa solicitud del propio Ayuntamiento, dicha solicitud constará de los siguientes requisitos:

    1. Se podrán suscribir a este servicio de acceso a Alertas de productos no alimenticios, aquellas entidades locales que de conformidad con lo previsto en el artículo 97.5 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía asuman las competencias de inspección de mercado, al objeto de evitar la comercialización de productos que puedan provocar riesgos para la salud y seguridad de los consumidores.
    2. Las entidades locales que deseen acceder a este sistema deberán realizar una petición del alcalde, del presidente de la entidad local o del concejal con competencias en materia de consumo, dirigida al titular de la Dirección General de Consumo.
    3. En la petición deberá reflejarse el nombre, apellidos y DNI de la persona autorizada para acceder con su certificado digital al sistema de Red de Alertas y una dirección de correo electrónico a efectos de mantenimiento del punto de contacto de Red de Alerta.
    4. La petición deberá estar acompañada del certificado del acuerdo del órgano competente de la entidad local de la aprobación de la asunción de competencias antes referida.
    5. Las Entidades Locales que hayan sido beneficiarias de las subvenciones convocadas por la Consejería de Salud, mediante las ordenes de 5 de abril de 2004 y de 18 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales andaluzas que asuman y ejerzan nuevas competencias en el marco de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, así como las beneficiarias en la Línea 8 (Subvenciones para el funcionamiento de servicios locales en materia de consumo) de la Orden de 29 de diciembre de 2005, por la que se regulan las subvenciones para Entidades Locales Andaluzas que con cargo al Plan de Cooperación Municipal concede por el procedimiento ordinario la Consejería y se efectúa su convocatoria para el año 2006, deberán comunicar únicamente el nombre, apellidos y Documento Nacional de Identidad.
    6. Cualquier cambio en los datos de la petición relativos a la dirección de correo electrónico del punto de contacto de Red de Alerta y de la persona autorizada para acceder con su certificado digital a la aplicación de alertas de productos no alimenticios, deberán de ser comunicados al titular de la Dirección General de Consumo.

Requisitos Técnicos

  • Disponer de una conexión a Internet.
  • Cuenta de correo electrónico que deberá indicar a la Dirección General de Consumo para la recepción de los avisos sobre alertas.
  • Navegador de Google Chrome (https://www.google.com/chrome/) o Mozilla Firefox (https://www.mozilla.org/es-ES/) en su última versión.
  • Cada usuario debe disponer de un certificado digital Clase 2 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y Real Casa de la Moneda. En la dirección de Internet http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm le informará del proceso para obtener el certificado de usuario.